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Chile

En esta oportunidad se cursó una multa de 250 UTA, equivalentes a $ 136 millones, debido a incumplimientos ambientales detectados en el Embalse Ancoa, ubicado en la Región del Maule.

Miércoles 29 de Junio de 2016.- La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) finalizó un segundo procedimiento sancionatorio contra el Ministerio de Obras Públicas (MOP), titular del proyecto Embalse Ancoa, ubicado en la comuna de Linares, Región del Maule, debido a tres incumplimientos ambientales detectados en el proceso de fiscalización. La multa en esta oportunidad alcanza a 250 Unidades Tributarias Anuales (UTA), equivalentes a $ 136.899.000.

Esta es la segunda oportunidad en que la SMA sanciona al MOP. Anteriormente, se llevó a cabo un procedimiento sancionatorio debido al incumplimiento de las compensaciones ambientales comprometidas en la evaluación ambiental del desarrollo del proyecto “Construcción y Mejoramiento Ruta D-705”, que atraviesa Reserva Nacional Las Chinchillas, en la Región de Coquimbo. Este terminó con una sanción de 440 UTA, que fue ratificada por el Tribunal Ambiental de Santiago en 2015.

El actual procedimiento sancionatorio involucra al Embalse Ancoa, que consta de un embalse de regulación del recurso hídrico, el cual presenta una cota de inundación de aguas máximas de 750 metros sobre el nivel del mar. Asimismo, tiene una superficie de inundación aproximada de 230 a 250 hectáreas, y un volumen útil de almacenamiento de agua proyectado es de 80 millones de metros cúbicos.

La fiscalización al proyecto se realizó mediante inspecciones organizadas por la Superintendencia del Medio Ambiente y llevadas a cabo por fiscalizadores de su institución, de la Corporación Nacional Forestal (CONAF) y del Servicio Agrícola Ganadero (SAG).

Las tres infracciones imputadas al MOP consisten en la entrega de caudal del río Ancoa por debajo del límite establecido como caudal ecológico en los meses de febrero y agosto de 2013 y septiembre y octubre de 2014; mal manejo de residuos peligrosos; y falta de re-vegetación de taludes que colindan con el embalse con la especie retamilla ephedra, fuente de alimento de los loros tricahues que habitan en el sector.

Luego de analizar los descargos del MOP, se calificaron 2 infracciones leves y una grave, totalizando una sanción de 250 UTA. La multa debe pagarse directamente en la Tesorería General de la República. En tanto, si el titular desea, puede interponer un reclamo de ilegalidad ante el Tribunal Ambiental, dentro del plazo de 15 días hábiles.

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